La empresa es un conjunto de medios económicos y humanos (no necesariamente por este orden) que realiza una actividad de producción o comercialización de bienes o servicios para obtener un beneficio económico.
Estos medios humanos de los que hablamos son las personas que realizan su labor profesional, su trabajo, en el ámbito de la empresa y para ella: son los titulares o directivos de la empresa y, también, sus trabajadores por cuenta ajena.
Todos ellos tienen encomendadas determinadas tareas específicas que no las que deben solucionar con su trabajo, de esto se deduce su categoría profesional que es una parte definitoria y fundamental de su relación laboral con la empresa.
Cuando un trabajador presta sus servicios a la empresa encuadrado en una categoría profesional determinada es porque tiene las aptitudes necesarias para ello: estas aptitudes vienen de su formación, tanto académica como en otros entornos, y de su experiencia profesional que, poco a poco, le va permitiendo avanzar en su profesión.
Experiencia y formación son, por lo tanto, dos activos fundamentales tanto para la empresa como para el propio trabajador y no se limitan a las aptitudes que tiene dicho trabajador al inicio de su relación laboral sino que la adquisición de experiencia profesional y la formación son continuas a lo largo de toda la vida activa de dicho trabajador que, de esta manera, progresará en su profesión alcanzando mejores niveles.
El que esta adquisición de experiencia y esta formación continua sean útiles depende de que se realicen y programen de manera adecuada, atendiendo las necesidades concretas de la empresa y, también, las del trabajador.
Regulación legal de la formación
El Estatuto de los Trabajadores (RD Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, en adelante ET) define los derechos del trabajador respecto a su formación en su artículo 23 con el título “Promoción y formación profesional en el trabajo”.
En primer lugar da derecho al trabajador que está cursando estudios académicos o profesionales a:
- Elegir turno de trabajo para adaptarse a sus estudios
- Los permisos que necesite para ir a examinarse.
- Que se adapte su jornada laboral para asistir a cursos de formación profesional.
- A los permisos necesarios de formación o perfeccionamiento profesional.
Además, el trabajador tiene derecho a que la empresa le aporte la formación necesaria cuando existan modificaciones en su puesto de trabajo; en este caso el tiempo de formación se considerará tiempo de trabajo efectivo y tendrá, además, derecho a obtener los títulos y cualificaciones que se deriven de esta formación.
El ET se remite a los convenios colectivos para regular este derecho a la formación que deberá aplicarse garantizando la no discriminación por razón de sexo.
Termina este art. 23 ET dando, a los trabajadores con menos de un año de antigüedad, derecho a un permiso retribuido de 20 horas al año para su formación profesional vinculada al trabajo que realizan en la empresa, formación que también podrá realizarse dentro de la empresa.
Todo lo dicho además de la existencia de contratos de trabajo temporales específicos para la formación y aprendizaje que el ET regula en su artículo 11.
Determinar las necesidades formativas
Pero, el facilitar al trabajador los medios para su formación, tanto dentro como fuera de la empresa, no es sólo una obligación legal, la empresa necesita que sus trabajadores tengan las mejores aptitudes posibles para el desempeño de sus tareas profesionales por lo que esta formación es también una necesidad de la propia empresa.
Para que esta actividad formativa tenga la utilidad necesaria deberá hacerse con conocimiento previo de cuáles son las necesidades de la empresa y del trabajador y qué medios deben ponerse para que el esfuerzo que supone (para ambos) la realización de estas actividades formativas tenga los resultados que aporten valor a la empresa.
Dependiendo de las características de cada empresa este conocimiento de cuáles son las necesidades de formación de sus trabajadores vendrá de un análisis realizado por la dirección a partir del conocimiento de la actividad del trabajador, de las necesidades de la producción y, también, de sus aspiraciones y deseos.
Este análisis y estudio nos aportará información no sólo de las necesidades formativas del personal laboral, también nos va a aportar información de cómo se están desarrollando las labores de los trabajadores y determinar cuáles de esos trabajadores son los que necesitan formación y qué tipo de formación necesitan y con qué medios contamos para ello (como el estudio del entorno de la empresa para apoyar esta actividad en ella).
Existen cinco métodos de análisis:
- Modelo del Análisis del Desempeño. Estudia las diferencias entre lo que hay y lo que debería haber o entre el empleado medio de la empresa y lo que sería un empleado modelo.
- Modelo de Elementos de la Organización. Estudiamos los resultados de la empresa y cómo se llega a ellos a través de sus recursos, medios y actividad de su capital humano.
- Modelo Rueda de la formación. Analiza las necesidades que tiene la empresa y cómo resolverlas a través del estudio de factores ambientales de la empresa.
- Modelo de Análisis Anticipatorio de necesidades formación / desarrollo de competencias tiene en cuenta los cambios que se van a producir en el negocio en un futuro (próximo o no) y las necesidades de formación para el personal que van a suponer tales cambios.
- Modelo Organización – Tarea – Persona. Parte del estudio de la organización y de los puestos de trabajo y las personas que los ocupan, de sus capacidades, habilidades, etc. A partir de ahí se analizan también las necesidades de la empresa para definir los objetivos a perseguir.
De estos modelos los más utilizados son los de análisis de desempeño y el de organización tarea persona.