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Plan de igualdad en la Pyme

Un plan de igualdad es una serie de medidas que toma una pequeña o mediana empresa con el fin de conseguir, o al menos facilitar, que hombres y mujeres puedan tener las mismas oportunidades en cuanto al acceso, la participación y la permanencia en la empresa u organización. A su vez, el plan de igualdad es un elemento estratégico que lleva a las empresas nuevas formas más innovadoras de gestión de la misma, mejorando así su eficacia organizativa. Estos planes pretenden conseguir que la igualdad se convierta en uno de los ejes primordiales en la vida empresarial.

También es importante recalcar que no es un plan de igualdad, para poder distinguirlo de manera más efectiva. No se trata de un simple trámite burocrático o de una obligación legal, sino que son medidas que aplicadas a largo plazo pretenden conseguir el objetivo final. Tampoco tienen la finalidad de otorgar ningún tipo de privilegios al género femenino, ni perjudicar de ninguna manera a los hombres con su puesta en marcha. 

Las acciones que se lleven a cabo no podrán ser protectoras hacia las mujeres, pues se generaría una desigualdad legal. No se trata tampoco de una simple declaración de intenciones, sino que tienen que ser medidas que se plasmen en la realidad. 

En España, todas las empresas que dispongan de 50 o más asalariados deberán crear un plan de igualdad para evitar posibles sanciones por parte de la administración y tendrán un plazo de 3 años para hacerlo. Las que cuenten con entre 100 y 150 trabajadores dispondrán de 2 años y tan solo tendrán 1 año las que empleen a más de 150 personas. 

Los planes se crearán teniendo en cuenta los obstáculos que imposibilitan la igualdad real entre ambos sexos, haciendo previamente un diagnóstico con los representantes legales de los trabajadores para proteger a estos últimos. Se deberán tratar el proceso de selección, la clasificación personal, formación, promoción, condiciones de trabajo (incluyendo el salario), conciliación, infrarrepresentación femenina, prevención del acoso sexual, etc.

Evitar las discriminaciones

Existen dos tipos de discriminación a los que normalmente hacen frente las mujeres, se trata de discriminación directa y discriminación indirecta.

Discriminación directa 

Acontece en situaciones en las que un criterio o práctica que es aparentemente neutro pone en desventaja a personas de un sexo en relación con las del sexo contrario. Por ejemplo, se puede dar en el caso de las mujeres cuando ocurren despidos tras conocer que se han quedado embarazadas. También podrían darse casos en los que, tanto en hombres como en mujeres, no se otorgan promociones laborales por discriminación según su condición u orientación sexual (homofobia, por ejemplo). También se considera discriminación directa el hecho de preguntar, en cualquier proceso de selección o de promoción laboral, si el candidato o candidata tiene planes de formar una familia en el corto o medio plazo.

Discriminación indirecta

Vemos casos en los que se podrían encontrar las personas cuando simplemente debido a su sexo u orientación sexual, son tratadas de manera diferente al resto.

Se deberá evitar el lenguaje sexista, que se produce principalmente cuando se utiliza el género masculino como genérico porque llega a ofrecer una imagen estereotipada de las mujeres. En este sentido aparece el lenguaje inclusivo, que es un código de comunicación que tiene en cuenta la realidad tal y como es, sexualizada.

Acoso y violencia

Las empresas deberán contemplar en sus planes maneras de atajar cualquier tipo de acoso, ya sea por razón de sexo u orientación sexual. Cualquier acción que se realice con el fin de atentar contra la dignidad de las personas, creando así un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo para la víctima, deberá ser perseguida (según el artículo 7.2 de la Ley Orgánica de Igualdad).

De igual manera, los comportamientos (ya sean verbales o físicos) de naturaleza sexual que tenga el fin o acabe produciendo un atentado contra la dignidad de una persona, también deberá ser perseguido (artículo 7.1 de la Ley Orgánica de Igualdad).

Se entenderá violencia de género cualquier acto de violencia, ya sea física o psicológica, incluidas las agresiones a la libertad sexual, las amenazas, las coacciones o la privación de libertad, que se ejerzan sobre las mujeres por parte de aquellos que hayan sido sus cónyuges o parejas, o bien por quienes hayan estado ligados a estas por relaciones similares de afectividad. 

Consejos de comunicación

Algunas ideas para conseguir comunicar mejor en igualdad, podemos tener en cuenta los siguientes puntos:

  • Representar de manera equilibrada a hombres y mujeres en las imágenes.
  • Romper los estereotipos.
  • Personalizar nuestros mensajes.
  • Ser conscientes de la capacidad transformadora del lenguaje.
  • Utilizar términos genéricos o lenguaje inclusivo.

Por tanto, las empresas de tamaño medio en España están obligadas a disponer de planes de igualdad con medidas cuyo fin sea alcanzar la igualdad real en el ámbito laboral y acabar con los diferentes casos de discriminación que se dan por causas de género u orientación sexual.

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