Los contratos a tiempo parcial pueden ser el punto restrictivo que anule el derecho a percibir la Renta Activa de Inserción: iniciar una actividad profesional con un contrato de estas características podría suponer la pérdida de esta prestación. Analizaremos en qué consiste la RAI, y cómo compatibilizarla con un contrato a tiempo parcial.
¿Qué es la RAI?
La RAI (Renta Activa de Inserción) es una prestación no contributiva destinada a las personas desempleadas que presentan dificultades especiales en su proceso de reinserción laboral, tales como los parados de larga duración que superen la edad de 45 años, las víctimas de violencia de género y las personas con discapacidad que lleven más de un año en el paro.
La cuantía de la RAI está establecida en 431 euros al mes desde 2019, y para poder percibirla es necesario acreditar una situación de necesidad económica: tal necesidad se define como un ingreso medio mensual inferior a 675 euros, habiendo sumado todos los ingresos del solicitante y de su unidad familiar o de convivencia.
Para poder acceder a la RAI, el solicitante no solo tiene que formar parte de las listas del SEPE (estar apuntado al paro), sino también demostrar que ha realizado una búsqueda proactiva de empleo con resultado infructuoso, de tal manera que haya agotado el resto de las ayudas o prestaciones en concepto de desempleo.
La duración de la RAI está limitada a tres años, como máximo, según ciertos casos particulares, aunque lo normal es cobrarla durante un año; durante ese periodo, la RAI no solo comprende una ayuda económica, sino también una serie de medidas para fomentar la reinserción del solicitante al mercado laboral, como acciones de formación y orientación profesional.
El acceso a la RAI de las personas con discapacidad
El hecho de que, para acceder al RAI, en algún momento de la vida laboral de las personas discapacitadas sea obligatorio que éstas hayan percibido prestaciones o subsidios por desempleo, se traduce en la exclusión de gran parte de este colectivo: un grupo formado por miles de trabajadores discapacitados sin ingresos y formando un gran grupo de parados de larga duración.
La rigidez en los trámites burocráticos para solicitar la RAI
Por otro lado, la rigidez en los trámites juega totalmente en contra de todas aquellas personas que se encuentran al borde de la exclusión social: no es de extrañar que una persona que forme parte de este colectivo, y que carezca de medios y recursos suficientes, pueda retrasarse uno o dos días en sellar su demanda de empleo: el resultado final es que se le excluye del RAI durante todo un año… a diferencia de quienes cobran subsidios por desempleo o prestaciones contributivas, donde el mismo error no es castigado con tanta severidad.
La incompatibilidad de la RAI con los contratos a tiempo parcial
No obstante, quizá el mayor despropósito de los requisitos del RAI estribe en la necesidad de acreditar una situación de desempleo absoluto, así como del tristemente panorama de precariedad laboral que asola nuestro país, en el que la gran mayoría de parados de larga duración aceptarían empleos a tiempo parcial si, al hacerlo, no peligrar la percepción de ayudas estatales.
Para hacer honor a la verdad, este tipo de contratos destacan precisamente por sus precarias condiciones, pero para quienes están desempleados durante mucho tiempo y cuyos ingresos caen en picado, no pueden ser rechazados a la ligera.
Pero ¿qué ocurre si un trabajador rechaza un empleo, por muy precario que sea, para poder percibir la RAI? Pues que automáticamente quedaría excluido de ella, ya que habría incumplido la cláusula de búsqueda proactiva e infructuosa de empleo.
¿Cómo compatibilizar el cobro de la RAI con un contrato a tiempo parcial?
Es posible que ambas situaciones sean compatibles, siempre y cuando la persona ya haya accedido previamente a la RAI, y la retribución de su empleo a tiempo parcial no supere el tope de ingresos establecido (675 euros mensuales computando a toda la unidad de convivencia).
En cambio, esto no ocurre al contrario: aunque la retribución del empleo a tiempo parcial sea inferior incluso a los 431 euros mensuales que se cobran por la RAI, al no encontrarse el solicitante en una situación de desempleo absoluto, prevalecería el contrato laboral frente al cobro de la RAI… aunque su cuantía fuese precaria e insuficiente a todas luces para su sostenimiento económico.
A este respecto, ya hay sentencias del Tribunal Supremo que tiran por tierra esta incoherencia para solicitar la RAI, al justificar que lo que se cobra por un empleo marginal no saca de su situación precaria a nadie.
El acceso a la RAI no es compatible con un trabajo, por muy marginal o precario que sea: en cambio, si ya se está percibiendo la RAI, se puede compatibilizar con un empleo a tiempo parcial, siempre y cuando no se supere el tope salarial establecido.